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El Juzgado Nº6 de Orihuela ABSUELVE libremente y con todos los pronunciamientos favorables a Presidente y Secretario de la Asociación Cultural Virgen del Carmen en la falta de injurias del caso JCB.
Añade que "... no se ha acreditado que las expresiones proferidas sean constitutivas de falta de injurias ..." "... además con carácter previo a los hechos denunciados, se había producido la expulsión de la denunciante al no devolver la cantidad de 530 €."
La misma denunciante reconoció que no había hecho entrega de la cantidad recaudada de la publicidad, sin que, por otro lado, acreditara la denunciante que podía invertir libremente la cantidad que quisiera sin consentimiento de la Asociación, más bien todo lo contrario, ya que en varias ocasiones se le había reclamado la mencionada cantidad y finalmente se opta por expulsarla.
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